aboutsummaryrefslogtreecommitdiffstats
path: root/common/EUPL1.1/es
diff options
context:
space:
mode:
authorMattias Andrée <maandree@operamail.com>2013-04-28 04:46:20 +0200
committerMattias Andrée <maandree@operamail.com>2013-04-28 04:46:20 +0200
commitef83a187f347b7e661c6cee1da982a37bda4accd (patch)
tree30a025e9850930678e1264ec6cfa388ddcfbcff3 /common/EUPL1.1/es
parentEUPL1.0 (diff)
downloadlicenses-ef83a187f347b7e661c6cee1da982a37bda4accd.tar.gz
licenses-ef83a187f347b7e661c6cee1da982a37bda4accd.tar.bz2
licenses-ef83a187f347b7e661c6cee1da982a37bda4accd.tar.xz
EUPL1.1
Signed-off-by: Mattias Andrée <maandree@operamail.com>
Diffstat (limited to 'common/EUPL1.1/es')
-rw-r--r--common/EUPL1.1/es319
1 files changed, 319 insertions, 0 deletions
diff --git a/common/EUPL1.1/es b/common/EUPL1.1/es
new file mode 100644
index 0000000..3fe8639
--- /dev/null
+++ b/common/EUPL1.1/es
@@ -0,0 +1,319 @@
+Licencia Pública de la Unión Europea
+v.1.1
+
+EUPL © Comunidad Europea 2007
+
+La presente Licencia Pública de la Unión Europea («EUPL»)[EUPL: «European Union Public Licence».],
+se aplica a la obra o al programa de ordenador (definidos a continuación) suministrados en las
+condiciones fijadas en la presente licencia. Queda prohibido cualquier uso de la obra distinto del
+autorizado por la presente licencia (en la medida en que tal uso esté protegido por un derecho del
+titular de los derechos de autor de la obra).
+
+La obra original se suministrará en las condiciones fijadas en la presente licencia cuando el
+licenciante (definido a continuación) haya colocado la siguiente advertencia inmediatamente
+después de la mención a los derechos de autor de la obra original:
+
+ Licencia cedida con arreglo a la EUPL V.1.1
+
+o haya expresado por otro procedimiento su voluntad de conceder una licencia con arreglo a
+la EUPL.
+
+
+1. Definiciones
+
+En la presente licencia, se entenderá por:
+
+– licencia: la presente licencia.
+
+– obra original o programa de ordenador: el programa de ordenador distribuido
+ o comunicado por el licenciante con arreglo a la presente licencia en forma de
+ código fuente o, en su caso, de código ejecutable;
+
+– obras derivadas: las obras o el programa de ordenador que pudiera crear el
+ licenciatario sobre la base de la obra original o de alguna de las modificaciones
+ de ésta. La presente licencia no define el grado de modificación o dependencia
+ de la obra original necesario para clasificar una obra como derivada; dicho
+ grado se determinará de acuerdo con la legislación sobre derechos de autor
+ aplicable en el país contemplado en el artículo 15;
+
+– obra: la obra original o sus obras derivadas;
+
+– código fuente: la forma de la obra legible por seres humanos que pueda ser
+ estudiada y modificada más fácilmente;
+
+– código ejecutable: cualquier código, en general compilado, destinado a ser
+ ejecutado como programa por un ordenador;
+
+– licenciante: la persona física o jurídica que distribuye o comunica la obra con
+ arreglo a la licencia;
+
+– colaborador: la persona física o jurídica que modifica la obra con arreglo a la
+ licencia o contribuye de cualquier otra manera a crear una obra derivada;
+
+– licenciatario: la persona física o jurídica que hace un uso cualquiera del
+ programa de ordenador en las condiciones fijadas en la licencia;
+
+– distribución o comunicación: cualquier acto de venta, donación, préstamo,
+ alquiler, distribución, comunicación, transmisión o cualquier otro acto de
+ puesta a disposición, en línea o fuera de línea, de copias de la obra o de acceso
+ a sus funcionalidades esenciales a otra persona física o jurídica.
+
+
+2. Ámbito de los derechos otorgados por la Licencia
+
+El licenciante concede al licenciatario una licencia de ámbito mundial, a título
+gratuito, no exclusiva y que el licenciatario puede subcontratar mientras sigan
+vigentes los derechos de autor sobre la obra original, y lo autoriza a:
+
+– utilizar la obra en cualquier circunstancia y para cualquier uso;
+
+– reproducir la obra;
+
+– modificar la obra original y realizar obras derivadas de la misma;
+
+– comunicar al público la obra o copias de la misma, poner a su disposición o
+ exhibir la obra o las copias y, en su caso, ejecutar públicamente la Obra;
+
+– distribuir la obra o copias de la misma;
+
+– prestar y alquilar la obra o copias de la misma;
+
+– subcontratar los derechos relativos a la obra o a las copias de la misma.
+
+Dichos derechos se podrán ejercer a través de cualquier medio, soporte y formato,
+conocido en el presente o que pueda inventarse en el futuro, en la medida en que así
+lo permita la legislación aplicable.
+
+En los países cuyo ordenamiento contemple los derechos morales, el Licenciante
+renunciará al ejercicio de los mismos en la medida en que lo permita la legislación, a
+fin de hacer efectiva la licencia de los derechos patrimoniales anteriormente
+enumerados.
+
+El licenciante cede al licenciatario, libre de cánones, los derechos de uso no
+exclusivos sobre cualquier patente de que sea titular, en la medida necesaria para que
+el licenciatario haga uso de los derechos sobre la obra otorgados por la presente
+licencia.
+
+
+3. Comunicación del Código Fuente
+
+El licenciante podrá suministrar la obra en forma de código fuente o código
+ejecutable. Si la suministrara en forma de código ejecutable, deberá facilitar además
+una copia legible automáticamente del código fuente de la obra junto con cada copia
+de la obra que distribuya, o bien indicar, en una advertencia inserta a continuación de
+la mención a los derechos de autor adjunta a la obra, un repositorio en el que se
+pueda acceder al código fuente fácilmente y de manera gratuita durante el período en
+que el licenciante siga distribuyendo o comunicando la obra.
+
+
+4. Limitaciones a los derechos de autor
+
+En ningún caso podrá interpretarse la presente licencia de modo que prive al
+licenciatario de los beneficios de los que pudiera disfrutar como consecuencia de las
+excepciones o limitaciones a los derechos exclusivos de los titulares de los derechos
+de la obra original o del programa de ordenador, de la extinción de dichos derechos o
+de cualquier otra limitación aplicable.
+
+
+5. Obligaciones del licenciatario
+
+La cesión de los derechos en virtud de la presente licencia queda supeditada a ciertas
+restricciones u obligaciones que habrá de respetar el licenciatario. Dichas
+obligaciones son:
+
+Derecho de atribución: El licenciatario deberá mantener íntegramente todas las
+advertencias y menciones a los derechos de autor, patentes o marcas registradas, así
+como las que se refieran a la licencia y a la exención de responsabilidad. El
+licenciatario deberá adjuntar copias de dichas advertencias y menciones y de la
+Licencia con cada copia de la obra que distribuya o comunique. El licenciatario se
+responsabilizará de que sus modificaciones u obras derivadas incluyan una
+advertencia bien destacada declarando que ha modificado la obra, y la fecha de
+modificación.
+
+Cláusula de «izquierdo de copia» (copyleft): Si el licenciatario distribuyera o
+comunicara copias de la obra original o de obras derivadas basadas en la obra
+original, dicha distribución o comunicación deberá hacerse en las condiciones fijadas
+en la presente licencia o de una versión posterior de la presente licencia, salvo si la
+obra original se distribuye expresamente solo en la presente versión de la licencia. El
+licenciatario (ahora en su calidad de licenciante) no podrá ofrecer ni imponer
+condiciones adicionales sobre la obra o las obras derivadas que modifiquen o limiten
+las condiciones de la licencia.
+
+Cláusula de compatibilidad: Si el licenciatario distribuyera o comunicara obras
+derivadas o copias de estas últimas basadas a su vez en la obra original y en otra obra
+licenciada bajo una licencia compatible, la distribución o comunicación podrán
+efectuarse con arreglo a las condiciones de dicha licencia compatible. A efectos de la
+presente cláusula, se entenderá por «licencia compatible» cualquiera de las licencias
+enumeradas en el apéndice adjunto a la presente licencia. En caso de que las
+obligaciones del licenciatario con arreglo a la licencia compatible estén en colisión
+con las derivadas de la presente licencia, prevalecerán las obligaciones de la licencia
+compatible.
+
+Suministro del código fuente: Cuando distribuya o comunique copias de la obra, el
+licenciatario deberá facilitar una copia del código fuente legible automáticamente o
+indicar un repositorio en que se pueda acceder al código fuente fácilmente y de
+manera gratuita durante el período en que siga distribuyendo o comunicando la obra.
+
+Salvaguardia de otros derechos: La presente licencia no faculta para utilizar los
+nombres comerciales, marcas de producto o de servicio o nombres del licenciante,
+excepto cuando ello, realizado en la medida de lo razonable y conforme a los usos
+habituales, sea necesario para indicar el origen de la obra y reproducir el contenido
+de la mención a los derechos de autor.
+
+
+6. Secuencia de autoría
+
+El licenciante original garantiza ser titular originario de los derechos de autor sobre
+la obra original objeto de la presente licencia o haberlos adquirido mediante la
+licencia correspondiente y estar facultado para otorgar licencias sobre tales derechos.
+
+Cada colaborador garantiza ser titular de los derechos de autor sobre las
+modificaciones que aporta a la obra o haberlos adquirido mediante la correspondiente
+licencia y estar facultado para otorgar licencias sobre tales derechos.
+
+Cada vez que el licenciatario acepta la licencia, el licenciante original y los
+colaboradores posteriores le otorgan una licencia sobre sus propias contribuciones a
+la obra en las condiciones fijadas en la presente licencia.
+
+
+7. Exclusión de garantía
+
+La obra se encuentra en proceso de elaboración, siendo objeto de continuas mejoras
+por parte de numerosos colaboradores. No es una obra acabada y por tanto puede
+contener defectos o fallos inherentes al desarrollo de este tipo de programas.
+
+Por este motivo, la obra, en virtud de la licencia, se suministra «tal cual», sin
+garantías de ningún tipo, en particular, en una enumeración no exhaustiva, en cuanto
+a su comercialización, adecuación a un propósito determinado, ausencia de defectos
+o errores, exactitud y ausencia de infracción de los derechos de propiedad intelectual
+distintos de los derechos de autor según se afirma en el artículo 6 de la presente
+licencia.
+
+Esta exclusión de garantía forma parte esencial de la licencia y es condición para la
+cesión de cualquier derecho con respecto a la obra.
+
+
+8. Exclusión de responsabilidad
+
+Excepto en casos de dolo o de daños ocasionados directamente a personas físicas, el
+licenciante no será responsable de los daños y perjuicios de cualquier clase, directos
+o indirectos, materiales o morales, que pudieran derivarse de la licencia o del uso de
+la obra, en particular, en una enumeración no exhaustiva, de los daños y perjuicios
+por pérdida de buena reputación, paro técnico, avería o mal funcionamiento de
+equipos informáticos, pérdida de datos o cualquier perjuicio comercial, incluso si el
+licenciante conocía la posibilidad de dichos daños. No obstante, el licenciante será
+responsable, de acuerdo con las normas legales que regulen la responsabilidad por
+los daños causados por productos, en la medida en que dichas normas sean aplicables
+a la obra.
+
+
+9. Acuerdos adicionales
+
+Al distribuir la obra original o las obras derivadas, el licenciatario podrá suscribir un
+acuerdo adicional, y cobrar una remuneración para ofrecer asistencia y proporcionar
+garantías o asumir indemnizaciones u otras obligaciones en materia de
+responsabilidad o proporcionar servicios compatibles con la presente licencia. No
+obstante, al aceptar tales obligaciones, el licenciatario actuará únicamente en nombre
+propio y bajo su exclusiva responsabilidad, y nunca en nombre del licenciante
+original ni de ningún otro colaborador, y ello a condición de que acceda a
+indemnizar, defender y amparar a todo colaborador frente a cualquier
+responsabilidad en que éste pudiera incurrir y frente a las reclamaciones que
+pudieran presentarse contra él por haber aceptado el licenciatario la mencionada
+garantía o responsabilidad adicional.
+
+
+10. Aceptación de la licencia
+
+Lo dispuesto en la presente licencia puede aceptarse haciendo clic en el icono
+«Aceptar» situado en la parte inferior de la ventana en que aparece el texto de la
+presente licencia o manifestando el consentimiento de cualquier otra forma similar,
+de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable. Haciendo clic en dicho
+icono, se expresa la aceptación inequívoca e irrevocable de la presente licencia y de
+todo su contenido.
+
+Asimismo, el licenciatario acepta irrevocablemente la presente licencia y todas sus
+condiciones por el mero hecho de ejercer cualquiera de los derechos que le otorga el
+artículo 2 de la presente licencia, tales como el uso de la obra, la creación de una
+obra derivada o la distribución o comunicación de la obra o de copias de la misma.
+
+
+11. Información al público
+
+En caso de que el licenciatario proceda a la distribución o comunicación de la obra
+por medios electrónicos (por ejemplo, ofreciendo la descarga de la obra a distancia),
+el canal o medio de distribución (por ejemplo, un sitio web) deberá facilitar al
+público, como mínimo, la información exigida por la legislación aplicable acerca del
+licenciante, la licencia y la manera en que el licenciatario puede acceder a dichos
+datos, aceptarlos, conservarlos y reproducirlos.
+
+
+12. Extinción de la licencia
+
+La licencia y los derechos otorgados a su amparo se extinguirán automáticamente si
+el licenciatario incumple alguna de las condiciones de la licencia.
+
+Tal extinción no supondrá, sin embargo, la de las licencias de que disfruten las
+personas que hayan recibido la obra del licenciatario en virtud de la licencia, siempre
+que dichas personas sigan cumpliendo plenamente las condiciones de la licencia.
+
+
+13. Varios
+
+No obstante lo dispuesto en el artículo 9, la licencia representará la totalidad del
+acuerdo entre las partes en cuanto a la obra objeto de la misma.
+
+La eventual invalidez o ineficacia de alguna disposición de la presente licencia con
+arreglo a la legislación vigente no afectará a la validez o eficacia general de la
+licencia. En tales casos, la disposición se interpretará o reformulará según proceda
+para hacerla válida y eficaz.
+
+La Comisión Europea podrá publicar otras versiones lingüísticas o nuevas versiones
+de la presente licencia en la medida en que resulte necesario y razonable y sin reducir
+el ámbito de los derechos concedidos por la licencia. Las nuevas versiones de la
+licencia se publicarán con un número de versión único.
+
+Todas las versiones lingüísticas de la presente licencia aprobadas por la Comisión
+European tienen idéntico valor. Las partes pueden utilizar la versión lingüística de su
+preferencia.
+
+
+14. Tribunales competentes
+
+Los litigios relativos a la interpretación de la presente licencia que se planteen entre
+la Comisión Europea, en calidad de licenciante, y un licenciatario, se someterán a la
+jurisdicción del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con arreglo al
+artículo 238 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
+
+Los litigios relativos la interpretación de la presente licencia que se planteen entre
+partes distintas de la Comisión Europea, se someterán a la jurisdicción exclusiva del
+tribunal que sea competente en el lugar en que resida o ejerza su actividad principal
+el licenciante.
+
+
+15. Legislación aplicable
+
+La presente Licencia se regirá por la legislación del país de la Unión Europea en el
+que resida o tenga su domicilio social el licenciante.
+
+La presente licencia se regirá por la legislación belga si:
+
+– se planteara un litigio entre la Comisión Europea, en calidad de licenciante, y
+ un licenciatario;
+
+– el licenciante, distinto de la Comisión Europea, no residiera o no tuviera su
+ domicilio social en un Estado miembro de la Unión Europea.
+
+
+=====
+
+
+Apéndice
+
+Son «licencias compatibles» con la EUPL con arreglo al artículo 5:
+
+– GNU General Public License (GNU GPL) v. 2
+– Open Software License (OSL) v. 2.1, v. 3.0
+– Common Public License v. 1.0
+– Eclipse Public License v. 1.0
+– Cecill v. 2.0
+